Adquisición por parte de la mujer portuguesa que perdieron la ciudadanía al casarse en el extranjero.
Se aplica a las mujeres que han perdido la nacionalidad portuguesa por haber adquirido una nacionalidad extranjera, basada en el matrimonio con un extranjero, de conformidad con la Ley n º 2098 de 29 de julio de 1959 y la legislación anterior.
¿Quién puede proporcionar las declaraciones?
En virtud del Reglamento de las declaraciones nacionalidad a los efectos de la adquisición de la ciudadanía se puede proporcionar por persona, por sí o por representación suficiente. Puede ser el mandato de defender la aplicación.
¿Qué documentos se requieren?
• Si el registro de la pérdida de la nacionalidad se reúnen arado en el Registro Central, el registro debe estar identificado pérdida.
• Si el registro no se ha hecho de la pérdida de la nacionalidad deben unirse:
• Certificados de antecedentes penales expedido por las autoridades competentes del país de nacimiento y nacionalidad, así como los países en que el solicitante ha tenido y tiene residencia después de 16 años, acompañados de traducción si está escrita en un idioma extranjero. Aunque se requiere al solicitante que presente los antecedentes penales portugués, que se puede obtener de forma automática por los Servicios es aconsejable, sin embargo, a su entrega.
• Documentos acreditativos de la naturaleza de las funciones públicas o no hay servicio militar obligatorio, a condición de Estado extranjero, si es necesario.
Receptores de solicitud de servicio: • Extensiones de los Registros de los Servicios Centrales; • Oficina del Registro Civil; • Servicios consular portuguesa.
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